FEPECO VALORA EL APOYO Y LA VALENTÍA DE FERNANDO CLAVIJO, ALENTANDO LA POTENCIALIDAD DE LAS EMPRESAS DE OBRAS PÚBLICAS DE LA CONSTRUCCIÓN EN CANARIAS

Tasa por dirección e inspección de obras

Se bonificará en un 100% la tasa por dirección e inspección de obras, devengada por certificaciones, que se expidan durante 2024

Oscar Izquierdo, presidente de FEPECO, aprecia el mérito que tiene el atrevimiento y agallas del presidente del Gobierno de Canarias, Fernando Clavijo, al defender y respaldar al tejido empresarial de la industria de la construcción, especialmente a las empresas de obras públicas de infraestructuras.  La Tasa por dirección e inspección de obra se aplica en todas las certificaciones y el importe liquido de la misma, se calcula aplicando el 4% del total de ejecución material. Son ingresos derivados de la prestación por la Administración de la Comunidad Autónoma del servicio facultativo consistente en la dirección e inspección de las obras públicas realizadas mediante contrato.  Con esta bonificación, se viene a respaldar la apuesta decidida del Gobierno de Canarias, por mantener un tejido empresarial fuerte, potente y dinámico, en un sector económico estratégico, básico y verdadero motor del sistema productivo canario, como es la construcción.

La excepción de la tasa de dirección de obras supone para las empresas de la construcción, un alivio económico en estos momentos, en que los intereses están por las nubes y los bancos no dan las suficientes líneas de crédito para la financiación de las obras, en unas islas ultraperiféricas, que han sido y son castigadas económicamente por los transportes de los materiales.

Es por ello,  que los proyectos realmente  no se licitan con un precio de mercado «ad hoc», ya sea porque los plazos desde que se aprueba el proyecto hasta que se licita se han dilatado en el tiempo o porque el presupuesto disponible no llega a cubrir realmente esos costes, y a pesar de que la Administración Pública, tiene herramientas como la Actualización de Precios, en la mayoría de los casos es insuficiente, como ocurre en las islas mal llamadas «menores», en las que los precios de las principales materias primas pueden triplicar su valor

Existe además una perversión teórica sobre el concepto de beneficio industrial, fijado por la Administración Pública, para los contratos de ejecución de obra, ya que resulta modificado de hecho por la imposición de la tasa de dirección de obra.

En efecto, mientras que el beneficio industrial teórico en obra pública está fijado en el 6% a la hora de confeccionar los presupuestos de obra, sobre los que gravitan las ofertas en las licitaciones, el devengo de la tasa de dirección de obra del 4%  sobre la ejecución material, que se produce una vez resuelta la licitación y comenzada la obra, viene a reducir en la práctica el beneficio industrial teórico del 6% al 2%,  inferior a la rentabilidad actual de los Bonos del Estado, convirtiendo al sector de la construcción en poco atractivo para la inversión y obtención de líneas de crédito. De lo anterior se deduce que la excepción de la tasa de dirección de obra, además de una medida de alivio económico en momentos de incertidumbre, supone clarificar el concepto de beneficio industrial, para que así pueda manifestarse de manera más transparente en las licitaciones.

Las inspecciones de obras de construcción son fundamentales para garantizar que los procedimientos de calidad y seguridad se sigan correctamente desde el principio. Estas contribuyen a una ejecución exitosa del proyecto y proporcionar visibilidad de las oportunidades para mejorar.

Al convalidar la tasa por prestación de trabajos facultativos de replanteo, dirección, revisión de precios, inspección y liquidación de las obras realizadas mediante contrato, se está apostando por alentar a las empresas de la construcción, para ser pilares del crecimiento económico y del desarrollo sustentable de nuestra tierra

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